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Establecer las siguientes especificaciones y funciones para el presente llamado a Concurso:
Diagnosticar, reparar, instalar, montar y mantener los sistemas eléctricos, los componentes eléctricos o electromecánicos y las máquinas o equipos eléctricos.
Realizar todas las tareas inherentes al tendido y mantenimiento de los redes cableadas de electricidad, telefonía e informática.
Operar, acondicionar y mantener en condiciones los materiales, herramientas, instrumentos y equipos de trabajo.
Tipificación: además de las funciones específicas del cargo a cubrir, el mismo implica las funciones tipificadas para el Oficial Especializado (Categoría 5, Tramo Intermedio, Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales) del tipificador de funciones del Convenio Colectivo del Trabajador No Docente (Decreto PEN N.° 366/2006, Parte III).
Todos los aspirantes serán sometidos a la misma prueba, la que se ajustaran al siguiente temario:
Demostraciones de idoneidad, competencias y habilidades para la resolución de problemas prácticos vinculados con la función concursada.
Diagnóstico, reparación, instalación, montaje y mantenimiento de sistemas eléctricos, componentes eléctricos o electromecánicos y maquinas o equipos eléctricos.
Montaje, mantenimiento, reparación y sustitución de redes y líneas eléctricas (incluyendo alumbrado) y de baja tensión (telefonía e informática).
Manejo y mantenimiento de herramientas, equipos, accesorios, elementos de protección personal, insumos y técnicas de trabajo propias del electricista.
Elaboración e interpretación de documentación gráfica y escrita de planos, especificaciones técnicas y manuales de naturaleza eléctrica.
Ley de educación superior (Ley Nº 24.521). Fuente: InfoLEG (Información Legislativa y Documental).
Ley de riesgos del trabajo (Ley N° 24.557). Fuente: InfoLEG (Información Legislativa y Documental).
Reglamento para la Conexión de Nuevos Suministros. Resolución 225/2011 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad. Fuente: InfoLEG (Información Legislativa y Documental).
Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto PEN N°. 366/2006). Fuente: InfoLEG (Información Legislativa y Documental).
Estatuto de la Universidad Nacional de La Plata. Fuente: sitio web de la UNLP.
Ingreso y ascenso del personal No Docente (Ordenanza CS N°. 262/2002). Fuente: sitio web de la UNLP.
Estructura de gestión período 2016-2018 (Resolución CD N°. 101/2016). Fuente: sitio web de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales.
Remuneración: Pesos dieciocho mil ciento sesenta y cinco con 80/100, ($ 18.165,80) nominales a los que se adicionaran las bonificaciones correspondientes según la situación particular del agente y sobre los cuales se efectuaran los descuentos de ley.