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VISTO que la Universidad Nacional de La Plata autorizó la cobertura de un (1) cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales Sub Grupo B, con funciones de chofer, del Convenio Colectivo de Trabajo 366/06; y
CONSIDERANDO que es necesario proceder a cubrir la mencionada vacante a través de los procedimientos establecidos en las normas precitadas, correspondiendo en este sentido llamar a Concurso Interno según el Artículo 3° de la Ordenanza N°262/02; y
ATENTO que esta Unidad Académica ha dado cumplimiento a lo establecido por la Disposición reglamentaria correspondiente;
POR ELLO:
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS Y FORESTALES RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Concurso Interno de antecedentes y oposición para cubrir un
(1) Cargo Categoría 5 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción Y Servicios Generales Sub Grupo B (Convenio Colectivo de Trabajo 366/06) para cumplir funciones de chofer en la Dirección de Servicios Generales de esta facultad.
ARTÍCULO 2º.- Fijar el período comprendido entre el 13 y el 17 de marzo de 2023 para la publicidad del presente llamado.
ARTICULO 3º - Fijar el período comprendido entre el 20, 21, 22, 23 y 2 7 de marzo de 2023 para la Inscripción y Presentación de Antecedentes de los aspirantes, la que se formalizará en el Departamento de Concursos de esta Facultad, en el horario de 8:00 a 12:00 horas de lunes a viernes, mediante formulario en el que se deberán consignarse los datos requeridos en el Artículo 4° incisos 1, 2 y 3 de la Ordenanza N°262/02.
ARTÍCULO 4º.- Para tener derecho a inscribirse, los aspirantes deberán reunir los requisitos previstos en los Artículos 28° y 30° de la Ordenanza N°262/02. El Departamento de Personal deberá proporcionar a los aspirantes, si así lo solicitaran, la información complementaria relacionada.
ARTÍCULO 5º. -Dejar que el horario a cumplir será de treinta y cinco (35) horas semanales 7:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, siendo de $ 186.962,92la retribución nominal, a la que se sumarán los adicionales y bonificaciones; sobre la que se realizarán los descuentos de ley que correspondieren según la situación particular de cada agente.
ARTÍCULO 6º. - El jurado, que deberá expedirse en el presente concurso dentro de los cinco (5) días hábiles, según el Artículo 10° de la Ordenanza N°262/02, estará conformado atento a lo dispuesto en el Artículo 8° de la referida norma:
- Representante de la Autoridad Superior:
Titular: Prosecretario de Asuntos Nodocente Sr. JorgeDamián GOMEZ. Suplente: Ing. Agr. Luciano CALVO.
- Superior Jerárquico con facultad de superintendencia sobre el puesto que se concursa:
Titular: Sra. Sandra MULLER.
Suplente: Sr Marcelo Héctor TAGLIAFERRO.
- Nodocente propuesto por ATULP:
Titular: Sr. David GARCIA.
- Nodocente electo en la Facultad o Dependencia representante del Agrupamiento:
Titular: Sr. Walter Gustavo ROSALES. Suplente: Sr. Pablo Ariel ARROQUI.
- Nodocente electo en otra Facultad o Dependencia representante del Agrupamiento:
Titular: Sr. Alejo MALARUK.
Suplente: Sr. Oscar Enrique JAUREGUI.
ARTICULO 7º. - Fijar el periodo comprendido entre el 28 de marzo y el 3 de abril de 2023 para la publicación de la lista de los aspirantes inscriptos en condiciones de ser evaluados, así como los miembros del jurado, en la página web de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales (http://www.agro.unlp.edu.ar).
ARTICULO 8º. - La prueba de oposición se llevará a cabo el día 18 de abril de 2023 a las 10 horas, en el Aula a confirmar de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales.
Para la prueba de oposición se establece el siguiente Temario General (artículos 28º, inc. f) del Decreto Nº366/06 y 4° inc. f) de la Ordenanza N°262).
- Conocimientos Generales inherentes a la función del cargo a cubrir:
- Organizar la logística y conducir cualquier vehículo institucional para el traslado de personas, tanto de estudiantes, docentes, Nodocente y autoridades de la Facultad y Universidad, como así también de personas circunstancialmente relacionadas con ellas (jurado, veedores, invitados y otros).
- Supervisar y responsabilizarse de la división a su cargo, así como sus prioridades y destinos; controlar, observar, revisar el normal desempeño y objetivos.
- Supervisar, de manera general, las tareas del personal a su cargo, reasignar y/o modificar dichas tareas, revisar resultados y gestionar cualquier conflicto relacionado con las mencionadas actividades.
- Organizar la logística, revisar, recibir, trasladar y entregar toda la documentación, objetos, equipos, cargas y bienes que le sean encargados.
- Administrar los recursos necesarios para afrontar los gastos corrientes extraordinarios que se producen durante la realización del viaje.
- Programar, supervisar, participar y colaborar en el diagnostico, mantenimiento y reparación de los vehículos institucionales (incluyendo la gestión de la documentación reglamentaria, los registros de uso y servicio, la limpieza y otros).
- Diagnosticar desperfectos de funcionamiento de los vehículos, solucionarlos momentáneamente, si fuera posible, e informar debidamente.
- Desempeñar tareas de colaboración y apoyo al personal de tramo mayor.
- Demostración de idoneidad, competencia y habilidades para resolución de problemas prácticos vinculados con la función a concursar.
- Contar con disponibilidad horaria, realizar viajes con estadías si la actividad lo demande.
- Poseer Licencia Nacional de Conducir Profesional para el transporte de pasajeros.
- Ley de Tránsito (Ley N°24449). Fuente: InfoLeg (información legislativa y documental)
- Ley de Tránsito y Seguridad Vial (Ley N°26363). Fuente: InfoLeg (información legislativa y documental)
- Ordenanza N°262/02, modificada por Resolución 6/12 del Consejo Superior de la UNLP (Ingreso y ascenso del Personal Nodocente).
- Estatuto de la Universidad Nacional de La Plata.
- Decreto 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Nodocente de las Universidades Nacionales).
- Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación y/o violencia de género en la Universidad Nacional de La Plata.
Previamente, el Jurado deberá comprobar la identidad de los aspirantes y el cumplimiento de las condiciones generales y particulares exigidas por la Ordenanza N°262/02, modificada por la Resolución del Consejo Superior N°6/12.
ARTÍCULO 9º.- Facultar al Jurado a postergar la fecha de la prueba de oposición cuando las circunstancias lo tornen indispensable, notificando de ello en forma fehaciente a los aspirantes inscriptos por las vías electrónicas declaradas.
ARTÍCULO 10º.- Dejar establecido que la presente llevará el número 040 del registro pertinente, debiéndose considerar que rige a partir del día 1 de marzo de 2023, y que se dicta mediante el sistema de firma digital receptado por Resolución N°694/19 de la Presidencia de la UNLP.
ARTÍCULO 11º.- Regístrese. Comuníquese a los miembros del Jurado designados en la presente, a la Dirección General de Personal y a la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional de La Plata (ATULP), Cumplido, vuelva y gírese al Departamento de Concursos para su amplia difusión, efectos y RESERVA de estas actuaciones.