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Para tener derecho a inscribirse, los aspirantes deberán reunir los requisitos previstos en los Artículos 21°, 28° y 30° de la Ordenanza N°262/02. El Departamento de Personal deberá proporcionar a los aspirantes, si así lo solicitaran, la información complementaria relacionada.Para tener derecho a inscribirse, los aspirantes deberán reunir los requisitos previstos en los Artículos 21°, 28° y 30° de la Ordenanza N°262/02. El Departamento de Personal deberá proporcionar a los aspirantes, si así lo solicitaran, la información complementaria relacionada.
Observaciones:La prueba de oposición se llevará en aula a confirmar en Estación Experimental J. Hirschhorn. En el supuesto de que el día fijado para la prueba de oposición, alguno de los aspirantes presentara síntomas compatibles con COVID-19, la prueba de oposición se postergará para el día que establezcan los miembros del Jurado designado, tal queda facultado en el artículo 9º de este Instrumento . El espacio físico garantizará el distanciamiento social entre los aspirantes; siendo el Temario General (artículo 28º, inc. f) del Convenio Colectivo de Trabajo, homologado por el Decreto Nº 366/06 y 4° inc. f) de la Ordenanza N° 262/02 el siguiente: Temario: - Conocimientos Generales inherentes a la función del cargo a cubrir. - Ordenanza N° 262/02, modificada por Resolución 6/12 del Consejo Superior de la UNLP (Ingreso y ascenso del Personal No Docente). - Estatuto de la Universidad Nacional de La Plata. - Decreto 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Universidades Nacionales). - Protocolo de Salud y Seguridad en el trabajo presencial no áulico en el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia por COVID-19. - Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación y/o violencia de género en la Universidad Nacional de La Plata. -Ordenanza 101. Reglamento de Procedimientos Administrativos de la UNLP.